Agricultura, Ganadería y Alimentación

El Gobierno de Aragón pone 164.000 euros a disposición del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa para impulsar su desarrollo

La ayuda, que este año está dotada con el doble de presupuesto que el año anterior, tiene la vocación de favorecer las inversiones realizadas por los ayuntamientos de la zona, así como de empresas, personas físicas y entidades sin ánimo de lucro

Las actividades subvencionables van desde las destinadas a la conservación, restauración del patrimonio natural y arquitectónico, hasta la recuperación de la tipología constructiva tradicional o la eliminación de impactos sobre los valores naturales

El Boletín Oficial de Aragón de hoy, miércoles 8 de julio, publica la Orden del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se convocan subvenciones en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido para este año 2020. Este año, la ayuda duplica su inversión con respecto al 2019 y está dotada con un presupuesto de 164.000 €. El objetivo es favorecer las inversiones realizadas por los ayuntamientos de Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla-Ordesa; así como de personas físicas, empresas y entidades sin ánimo de lucro que se dediquen a impulsar el desarrollo de la zona a través de alguna de las siguientes actividades:

Y, con carácter general, cualquier iniciativa pública o privada consistente en inversiones expresamente previstas en los planes de desarrollo sostenible del Parque Nacional o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios que conforman su área de influencia socioeconómica.

La cuantía máxima de la subvención podrá llegar hasta el 80% de la inversión subvencionable, con un máximo de 30.000€ en el caso de las entidades locales y 15.000€ en el resto. De todo el presupuesto disponible, 98.400€ están destinados a entidades locales; 41.000€ para personas físicas y entidades empresariales y 24.600€ para asociaciones sin fin de lucro.

El plazo de presentación será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) y se admitirán las actuaciones realizadas y puestas en servicio entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020.

Solo podrá presentarse a esta convocatoria una solicitud por NIF o CIF, y las subvenciones otorgadas podrán ser compatibles con otras ayudas para la misma actividad provenientes de otras Administraciones Públicas o de entidades privadas, sin que, en ningún caso, se supere por la concurrencia de las mismas el 100% de la inversión a realizar.