El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Apoyo Fiscal a la Empresa Familiar

La nueva norma pretende facilitar la transmisión del negocio y regula el pacto sucesorio

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Apoyo Fiscal a la Empresa Familiar, una iniciativa que busca fortalecer el tejido empresarial familiar en la comunidad mediante la modificación del texto refundido de las disposiciones dictadas por Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre.

Las empresas familiares representan una parte significativa de la economía aragonesa. Hay 28.091 empresas de este tipo en la comunidad, lo que supone un 87,6% de las 32.061 sociedades mercantiles existentes, que además emplean a alrededor de 165.000 trabajadores.

Estas empresas no solo son numerosas, sino que también contribuyen de manera sustancial al crecimiento económico y al desarrollo social de la región. Son especialmente sensibles a la inversión en capital humano y a la modernización de los sistemas de gestión y la utilización de nuevas tecnologías.

El Valor Agregado Bruto (VAB) de las empresas familiares representa el 57,1% del VAB generado por las SA y SL existentes en España (dato del 2023). Sin embargo, en Aragón estas sociedades aportan un porcentaje muy superior a la media nacional, llegando al 68,7% del VAB de la comunidad.

En cuanto al empleo, el resultado global para España indica que el empleo generado por las empresas familiares representa el 66,7% del generado por el conjunto de las SA y SL en España en 2023. En Aragón esa cifra también es superior, ya que asciende hasta el 70,3%.

Objetivos del Proyecto de Ley

El Proyecto de Ley de Apoyo Fiscal a la Empresa Familiar tiene como objetivo principal proporcionar seguridad jurídica tanto a los transmitentes como a los adquirentes de empresas familiares. Este propósito se logrará mediante la clarificación y fortalecimiento de los beneficios fiscales existentes, especialmente en lo que respecta a la transmisión intergeneracional de estas empresas.

Tanto en sucesiones como en donaciones se incorpora una notable batería de medidas que dan más seguridad jurídica a este tipo de operaciones y que flexibilizan alguno de los requisitos exigidos previamente.

Además, esta ley aporta seguridad jurídica sobre el Pacto Sucesorio (figura propia del Derecho civil aragonés y ajena al derecho común) para todos los aragoneses, ya que hasta ahora su tratamiento fiscal era incierto. En este caso, al incluirlo como ley aragonesa, disipa las diferentes interpretaciones, que a veces resultaban contradictorias.

Principales modificaciones

Se produce una reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se modifica la reducción del 99% en la base imponible para adquisiciones ‘mortis causa’ e ‘inter vivos’ de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades por parte de familiares directos.

Respecto al ‘mortis causa’ (por causa de muerte), en la empresa individual si el negocio heredado se transmite de un heredero a otro, no se pierde el beneficio fiscal; y en la participación en entidades (acciones), el requisito de que haya labores directivas de la familia en la entidad se puede cumplir en el año del fallecimiento o en el año natural anterior. De este modo, se protege la acumulación de fondos en la entidad para realizar inversiones empresariales a medio y largo plazo (hasta 10 años), considerando esos activos financieros como empresariales. Esto significa que los beneficios acumulados destinados a la actividad no se penalizan fiscalmente, lo cual es una de las principales reivindicaciones.

En lo referente a ‘inter vivos’ (entre vivos), en cuanto a la empresa individual el requisito de que estuviera exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio se puede cumplir en alguno de los dos años naturales anteriores a su transmisión. Por su parte, en la participación en entidades se rebaja la edad del donante a 60 años y no se obliga a que deje de ser directivo. Así, se profundiza en el incentivo del cambio generacional, exigiendo que el beneficiario se involucre en la gestión de la empresa.

El objetivo principal de esta medida es facilitar la transmisión de empresas familiares, tanto en vida (donaciones) como por herencia, proporcionando un alivio fiscal significativo. Esto busca asegurar la continuidad de las empresas familiares, protegiendo el empleo y contribuyendo a la estabilidad económica regional.

Además, la ley busca eliminar incertidumbres y proporcionar un marco claro y estable para la toma de decisiones, facilitando la transmisión empresarial y protegiendo el empleo y la riqueza regional. También estructura la normativa aragonesa en cuatro artículos diferenciados y se configuran los beneficios como normativa propia aragonesa y no como mejora de las estatales, lo que permitirá que prevalezca la norma de Aragón sobre las interpretaciones del Ministerio de Hacienda.

Por último, la nueva ley reconoce expresamente que los pactos sucesorios de presente —una figura jurídica propia del Derecho civil aragonés y ajena al derecho común— generan una transmisión ‘inter vivos’ con efectos fiscales específicos. En línea con la doctrina administrativa aragonesa y la sentencia del Tribunal Constitucional 62/2023, se clarifica que los beneficios fiscales aplicables a las transmisiones ‘inter vivos’ también se aplican a los pactos sucesorios de presente.