Consejo de Gobierno
Declaradas Bien de Interés Cultural Inmaterial las modalidades de juegos de bolos tradicionales en Aragón
Se han documentado más de 90 localidades aragonesas donde, en algún momento, se practicaron estos juegos o aún se mantienen vivos
El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles el decreto del Ejecutivo aragonés por el que se declaran las modalidades de juegos de bolos tradicionales en Aragón como Bien de Interés Cultural Inmaterial, conforme a la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.
Los juegos de bolos forman parte de la familia de los juegos tradicionales de puntería, de derribo, de acercamiento o alejamiento, y constituyen una de las manifestaciones de los juegos tradicionales más extendida y numerosa de Europa. En Aragón existen numerosas modalidades de bolos, cada una asociada a su localidad de origen y con denominaciones propias: bolos, billas, birlas, birllas, birlos, “palitrocs”, “palistrocs”, “quillas”, “quilles” y bolinches.
Se han documentado más de 90 localidades aragonesas donde, en algún momento, se practicaron estos juegos o aún se mantienen vivos. Muchas de estas variantes locales se perdieron a lo largo del siglo XX; otras modalidades dejaron de jugarse con la frecuencia de antaño. Sin embargo, desde la década de 1980, se han llevado a cabo importantes esfuerzos para recuperar y revitalizar estas prácticas, en el marco de un movimiento más amplio de recuperación de juegos y deportes tradicionales.
Históricamente, las modalidades aragonesas se diferenciaban según el género de quienes las practicaban. Los hombres solían jugar a los llamados “bolos de seis”, mientras que las mujeres participaban en modalidades con nueve o más piezas. De hecho, era el juego por excelencia de la mujer en el medio rural, si bien en la actualidad se juegan indistintamente.
Su reconocimiento como Bien de Interés Cultural Inmaterial pretende poner en valor la diversidad y el carácter dinámico de los juegos de bolos tradicionales de Aragón, así como destacar su importancia como elemento identitario y social, de forma que se conciencie sobre la necesidad de asegurar su transmisión a futuras generaciones.
En este sentido, conviene reconocer que este legado ha llegado hasta la actualidad gracias a los numerosos grupos locales de vecinos que lo han transmitido, contribuyendo a su revitalización y difusión. También ha sido fundamental la labor de estudiosos e investigadores o de organismos como la Federación Aragonesa de Deportes Tradicionales.
Entre las medidas de salvaguardia adoptadas, destacan la investigación y documentación, las iniciativas de revitalización local, los proyectos didácticos para diferentes niveles educativos, la organización de competiciones y encuentros, tanto deportivos como festivos o la creación de museos especializados. Resulta fundamental salvaguardar las particularidades de cada modalidad, incluyendo su contexto sociocultural, sus normas consuetudinarias y el vocabulario específico que utiliza, dado que permitirá conservar la riqueza y diversidad que hacen de estas expresiones un valioso patrimonio cultural inmaterial.
Patrimonio cultural de Aragón
El patrimonio cultural de Aragón está integrado por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.
Los bienes pueden ser protegidos, en función de su relevancia cultural, como Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado o Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés. El artículo 12 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, reserva la calificación y declaración como Bien de Interés Cultural para los bienes más relevantes, materiales o inmateriales. La norma define los bienes etnográficos inmateriales como los usos, costumbres, creaciones, comportamientos que trasciendan de los restos materiales en que puedan manifestarse, prescribiendo que serán salvaguardados por la Administración competente.
Por su parte, la UNESCO, precisa que el patrimonio cultural inmaterial o “patrimonio vivo” se refiere a “los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas --junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes-- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural”.
Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad: favorece la creatividad y el bienestar social, contribuye a la gestión del entorno natural y social y genera ingresos económicos.
Valores etnológicos, históricos e inmateriales
Todos los valores que debe reunir un bien inmaterial para ser declarado Bien de Interés Cultural se aúnan en “las modalidades de juegos de bolos tradicionales en Aragón” por sus valores etnológicos, históricos e inmateriales. Las distintas modalidades de bolos tradicionales, cada una asociada a su localidad de origen y con denominaciones propias: bolos, billas, birlas, birllas, birlos, “palitrocs”, “palistrocs”, “quillas”, “quilles” y bolinches, constituyen un patrimonio vivo que testimonia la vida cotidiana de nuestros antepasados y, dada la variedad y complejidad de sus manifestaciones, son el juego tradicional más rico en matices de los que se conservan y practican en Aragón.
Por resolución de la directora general de Patrimonio Cultural de 30 de mayo de 2025 se dio inicio al procedimiento de declaración. Se inició un periodo de información pública en el que se presentaron varias aleaciones para mejorar la clasificación y listado de juegos de bolos vigentes y sobre la vigencia de esta práctica en la Comarca Comunidad de Calatayud, alegaciones que fueron estimadas parcialmente en el primer caso y totalmente en el segundo, y que modificaron la propuesta de declaración inicial.
Asimismo, tal y como establece la ley, el procedimiento continuó solicitando informe a las comisiones provinciales de Patrimonio Cultural de Zaragoza, Huesca y Teruel, que informaron favorablemente en sus sesiones de septiembre, en el caso de Huesca; octubre en Teruel; y noviembre en Zaragoza. Mediante resolución de la directora general en diciembre se abrió un nuevo trámite de audiencia, pero no se presentaron nuevas alegaciones.
El bien está inscrito en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, con el código de anotación preventiva nº PI0031818. El expediente se ha tramitado conforme lo previsto en la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.