Consejo de Gobierno
La DGA autoriza a sus servicios jurídicos a litigar contra las resoluciones de traslado de menores migrantes no acompañados a Aragón
El acuerdo, a propuesta de la Consejería de Bienestar Social y Familia, permitirá a la Comunidad Autónoma articular en bloque la defensa legal de sus intereses
El Consejo de Gobierno ha acordado este miércoles autorizar a la Dirección General de Servicios Jurídicos a ejercer acciones legales frente a la reubicación y traslado de menores de edad extranjeros no acompañados a Aragón. El objetivo es oponerse judicialmente a las resoluciones que se han estado recibiendo a lo largo de las últimas semanas dentro del reparto obligatorio establecido en el Real Decreto Ley 2/2025, de 18 de marzo, que determina la derivación de estos menores desde los territorios declarados en situación de contingencia migratoria extraordinaria a otras CCAA.
Desde el 17 de septiembre y hasta el 15 de octubre se han recepcionado un total de 31 expedientes de menores al amparo del reparto arbitrario e impuesto por el Estado –15 de Canarias, 12 de Ceuta y 4 de Melilla– frente a los que se han ido presentando las correspondientes alegaciones. El trámite de estos expedientes ha derivado en 7 resoluciones de traslado hasta la fecha; los primeros menores llegaron ya a Aragón la semana pasada.
Entre las alegaciones que presentaron a cada uno de los expedientes constan dos supuestos que se repiten en varios casos: en primer lugar, hay expedientes en los que se contraviene lo que determina el RDL 2/2025, de 18 de marzo, en concreto en el artículo 35 quáter en su punto 4: allí se establece que (...) la persona menor afectada y la comunidad o ciudad autónoma de destino habrán de ser oídas, dando conocimiento al Ministerio Fiscal en garantía del interés superior del menor y de los derechos que le confiere el ordenamiento jurídico (...). Además, el RDL 658/2025, de 22 de julio, en su artículo 5, recoge el procedimiento para la reubicación y el traslado de personas menores de edad en el marco de una situación de contingencia migratoria extraordinaria. En el punto 5 establece que (...) el expediente se remitirá al Ministerio Fiscal, que podrá pronunciarse en un plazo de dos días naturales y, en todo caso, si la persona menor de edad manifiesta su oposición al traslado (...).
En varios de los expedientes se ha constatado que estas dos cuestiones se incumplen y así se ha señalado en las alegaciones: hay menores que han manifestado querer ser llevados a una ciudad en concreto, en otras Comunidades Autónomas, por tener amigos o familiares residiendo en ellas y se les deriva a pesar de ello a Aragón; alguno de estos menores se opone a ser llevado fuera del lugar donde está actualmente y se le impone el traslado a Aragón de todas formas. Por último, hay casos de expedientes en los que los técnicos desaconsejan explícitamente el traslado a la Península del menor.
El acuerdo alcanzado este miércoles es un paso necesario para establecer el marco legal dentro del que la Administración autonómica puede defenderse legalmente, puesto que el artículo 15.3 del Decreto 169/2018 exige esta autorización para que los Letrados de la Dirección General de Servicios Jurídicos puedan ejercer acciones judiciales en nombre y representación procesal de la DGA. La propuesta responde a una petición expresa del Departamento de Bienestar Social y Familia y el informe preceptivo al respecto data del pasado 8 de octubre.
Cabe recordar que la Dirección General de Servicios Jurídicos, a través de los Letrados adscritos a la misma, tiene la función de ejercer la representación y defensa en juicio de la Administración de la Comunidad Autónoma y sus organismos públicos y así lo dispone el artículo 9 del ya citado Decreto 169/2018 y la disposición adicional primera de la Ley 5/2021, de 29 de junio.