Medio Ambiente y Turismo
Alerta roja por riesgo de incendios forestales este lunes prácticamente en la totalidad de Aragón
El NAPIF sitúa 24 zonas en alerta roja, exceptuando algunas ubicaciones en el Pirineo y en Teruel
Hay riesgo de tormentas en el tercio sur de la Comunidad y la disponibilidad de combustible muerto es muy alta
La dirección general de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón, dependiente del departamento de Medio Ambiente y Turismo, decreta para este lunes 6 de julio el nivel de alerta rojo por riesgo de Incendios Forestales prácticamente en la totalidad de Aragón.
El nivel de alerta de peligro de incendios forestales (NAPIF) de este lunes sitúa 24 zonas en alerta roja: Bajo Ebro Forestal, Depresión del Jalón, Gúdar Javalambre, Jiloca-Gallocanta, Maestrazgo, Mijares, Moncayo y Aranda, Muela de Alcubierre, Muela de Valmadrid, Muela de Zuera, Pirineo Occidental, Pirineo Oriental, Prepirineo Central, Prepirineo Occidental, Prepirineo Oriental, Puertos de Beceite, Rodeno, Sierras Ibéricas Centrales, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Somontano Sur, Turia y Valle del Ebro Agrícola.
Para este lunes, la disponibilidad de combustible muerto es muy alta o total en la mayor parte de la Comunidad y la propagación de incendios de alta intensidad es posible en casi todo el territorio. Además, hay riesgo de tormentas en el tercio sur de la Comunidad.
El nivel de alerta de peligro de incendios forestales (NAPIF) se establece a nivel territorial, por zonas homogéneas en cuanto a riesgo y a tipología de los incendios, denominadas zonas de meteoalerta.
Desde el departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón, se hace un llamamiento total a la prudencia. La previsión dicta que la alerta roja se extenderá a todo Aragón durante este martes.
PROHIBICIONES DURANTE EL NIVEL ROJO
1. Encender fuego en espacios abiertos. Se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.
2. Encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. También arrojar o abandonar objetos en combustión.
3. Se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.
4. En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas Con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de los siguientes casos:
• El uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.
• Las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14:00 y 18:00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias.
En todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.
• Actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.