Medio Ambiente y Turismo

Casi todo Aragón en alerta roja por peligro de incendios forestales para este miércoles

Un total de 22 zonas de la Comunidad permanecerán en nivel máximo de alerta a lo largo de este miércoles 8 de julio

Nivel de Alerta de Peligro de Incendios Forestales (NAPIF) 08/7/26. INFOARINFOAR

La Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón establece para hoy, miércoles 8 de julio, Nivel de Alerta Rojo por Peligro de Incendios Forestales en un total de 22 zonas de la Comunidad: Bajo Ebro Forestal, Depresión del Jalón, Gúdar, Jiloca-Gallocanta, Maestrazgo, Mijares, Moncayo y Aranda, Muela de Alcubierre, Muela de Valmadrid, Muela de Zuera, Pirineo Occidental, Pirineo Oriental, Prepirineo Central, Prepirineo Occidental, Prepirineo Oriental, Puertos de Beceite, Sierras Ibéricas Centrales, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Somontano Sur, Turia y Valle del Ebro Agrícola.

Tan solo algunas zonas del Pirineo y del sur de Teruel mantienen el nivel naranja. A lo largo del día de hoy se podrían dar incendios de alta intensidad en casi todo el territorio. Los principales factores de propagación serían el viento, además de la topografía. Por la tarde se esperan tormentas en el sistema Ibérico y el tercio norte (principalmente en Cinco Villas y mitad occidental del Pirineo) que podrían ir acompañadas de rachas muy fuertes de viento, sin poder descartarlas en otras zonas de forma más dispersa.

Se recuerda que en el Nivel de Alerta Rojo se establecen las siguientes prohibiciones:

1. Encender fuego en espacios abiertos. Se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.

2. Encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. También arrojar o abandonar objetos en combustión.

3. Se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

4. En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas Con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de los siguientes casos:

• El uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.

• Las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14:00 y 18:00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.

• La utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.

• Actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.

ENLACE A NAPIF Y MUNICIPIOS AFECTADOS