Vicepresidencia de Presidencia, Justicia y Cultura
El Supremo abre el trámite para valorar una posible cuestión prejudicial ante el TJUE sobre el Real Decreto de regularización extraordinaria de inmigrantes
Atiende de este modo al planteamiento realizado por el Gobierno de Aragón, que pedía la suspensión de la norma alegando su posible incompatibilidad con el Derecho de la UE
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una providencia por la que concede a las partes un plazo de cinco días para formular alegaciones sobre la posible contradicción del Real Decreto que regula el proceso extraordinario de regularización de inmigrantes con el Derecho de la Unión Europea. Se atiende de este modo al planteamiento realizado por el Gobierno de Aragón, que solicitó la suspensión de la norma alegando su posible incompatibilidad con el Derecho europeo.
Así, este trámite constituye un paso previo a un eventual planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que suspendería, entretanto, la vigencia del Real Decreto, con el objetivo de garantizar su legalidad y la seguridad jurídica del proceso de regularización, evitando a España el riesgo de apertura de un procedimiento sancionador o un recurso judicial por parte de las instituciones comunitarias o de los estados miembros.
La decisión se enmarca en el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto por los servicios jurídicos del Gobierno de Aragón, tras la autorización de su Consejo de Gobierno en fecha 22 de abril, en la que se solicitó expresamente la suspensión cautelar de la norma, alegando, principalmente, su posible incompatibilidad con el Derecho de la Unión Europea.
En el procedimiento se celebró una vista oral ante la Sección Quinta, reunida en Pleno, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en la que los servicios jurídicos del Gobierno de Aragón expusieron los fundamentos de la solicitud de suspensión cautelar y la conveniencia de acudir al mecanismo prejudicial.
La providencia actual concede audiencia a todas las partes personadas, incluida la Abogacía del Estado, para que se pronuncien sobre la eventual vulneración del Derecho de la Unión Europea por parte del Real Decreto impugnado. Este trámite es un requisito previo para que el Tribunal pueda, en su caso, plantear una cuestión prejudicial, sin que ello implique todavía una decisión definitiva al respecto.