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El Gobierno de Aragón recuerda que la legislación autonómica prohíbe de forma expresa el consumo de bebidas alcohólicas en la calle

La práctica del denominado ¿botellón¿ está expresamente prohibida por la legislación autonómica. La Ley de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, aprobada por las Cortes de Aragón el pasado mes de diciembre, recoge en el punto 1 de su Disposición  Adicional Primera que ¿la venta o dispensación de bebidas alcohólicas sólo podrá realizarse en establecimientos autorizados al efecto, no permitiéndose aquéllas en el exterior del establecimiento ni su consumo fuera del mismo, salvo en terrazas o veladores¿.

Igualmente, el Gobierno de Aragón recuerda que es competencia de los ayuntamientos controlar o disolver, si se da el caso, mediante los cuerpos de policía local, las concentraciones callejeras en las que se consuma alcohol y que puedan alterar la seguridad ciudadana o perturbar el orden público.

Así se establece en la Disposición Adicional Tercera bis de la citada ley donde se señala que ¿corresponde a los Municipios impedir o limitar las reuniones o concentraciones en la vía pública o lugares de tránsito público y zonas verdes con ingesta de bebidas alcohólicas que impidan o dificulten la circulación rodada o el desplazamiento a pie por las mismas o perturben la tranquilidad ciudadana¿.