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Viernes, 29 de marzo de 2024

Agricultura

El Gobierno de Aragón concederá ayudas directas a los agricultores y ganaderos afectados por el incendio de Ateca a través de un nuevo procedimiento de urgencia y simplificado

El Consejo de Gobierno extraordinario ha aprobado el Decreto-Ley por el que se establecen medidas urgentes para restaurar los daños causados por el incendio de Ateca y facilitar la continuidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas

El Decreto-Ley servirá ya como convocatoria de ayudas y se publicará próximamente en el BOA. Los agricultores y ganaderos profesionales podrán recibir hasta un máximo de 20.000€, que es el máximo que contempla la normativa europea por el régimen de minimis

El Decreto-ley contempla la aplicación de tres grandes líneas de ayudas: para facilitar la continuidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas, para la restauración o reparación de infraestructuras colectivas de riego y para la priorización en el acceso a ayudas e inversiones directas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Joaquín Olona, consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
El consejero Joaquín Olona informa en rueda de prensa sobre el nuevo Decreto-ley de ayudasGobierno de Aragón

El Gobierno de Aragón concederá ayudas directas a los agricultores y ganaderos de la Comarca Comunidad de Calatayud afectados por el incendio de Ateca (Zaragoza) a través de un nuevo procedimiento de urgencia y simplificado que contiene el Decreto-ley aprobado este viernes, 12 de agosto, en un Consejo de Gobierno extraordinario y que se publicará próximamente en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) con el objetivo de compensar la pérdida de renta y facilitar la continuidad de la actividad en esta zona.

El consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Olona, ha desgranado el contenido del Decreto-ley este viernes, 12 de agosto, en rueda de prensa. “Por primera vez, se ha utilizado una nueva fórmula que incorpora medidas administrativas relativas a la tramitación de los procedimientos administrativos, que permitirá la más rápida aplicación de las ayudas”, ha explicado. La novedad reside en que el propio Decreto-ley es a la vez la convocatoria de ayudas y establece un plazo máximo de 15 días para que los afectados presenten su correspondiente declaración responsable de los daños, que es la fórmula que se va a utilizar. “Lo hemos previsto así con el propósito de que los pagos se lleven a cabo de manera inmediata, eso sí, sin perjuicio de que se lleven a cabo las posteriores y pertinentes comprobaciones”, ha apuntado el consejero.

Las subvenciones se aplicarán en los términos municipales Alhama de Aragón, Ateca, Bubierca, Castejón de las Armas, Cetina, Contamina, Embid de Ariza, Moros, Terrer, Villalengua y Villarroya de la Sierra.

El Decreto-ley contempla la aplicación de tres grandes líneas de ayudas: para facilitar la continuidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas, para la restauración o reparación de infraestructuras colectivas de riego y para la priorización en el acceso a ayudas e inversiones directas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Los agricultores y ganaderos profesionales podrán percibir hasta un máximo de 20.000 euros y 4.000 en el caso de los que no cumplan con el requisito de la profesionalidad. Las ayudas se concederán en un plazo máximo de 15 días una vez publicado el Decreto-ley en el Boletín Oficial de Aragón (BOA), que se llevará a cabo después de este puente de agosto. Para solicitarlas será necesaria la cumplimentación de una declaración responsable.

Estas subvenciones destinadas a la compensación de rentas se declaran compatibles y serán complementarias a las indemnizaciones procedentes de los seguros o de la declaración de zona catastrófica, así como con el resto de actuaciones que van a llevar a cabo la Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ) o la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE). “Cabe recordar que estas ayudas no son para compensar la pérdida de la cosecha, que eso lo hace el seguro, sino para ayudar a los agricultores y ganaderos a restituir sus explotaciones y compensar la pérdida de renta que van a experimentar en los próximos años”, ha matizado el consejero.

“El incendio ha tenido efectos devastadores sobre el medio agrario hasta el punto de que la continuidad de muchas de las explotaciones agrícolas y ganaderas queda seriamente comprometida, agravando con ello el proceso de despoblación que sufre la comarca”, ha explicado el consejero. Asimismo, Olona ha recordado que los efectos del incendio han venido a sumarse a la sucesión de adversidades climáticas que viene sufriendo la zona durante los últimos años en forma de heladas y pedriscos de fuerte impacto que ya habían debilitado significativamente las economías familiares que mayoritariamente sustentan la actividad agraria del territorio y donde la fruticultura tiene un fuerte arraigo y contribución a la producción y al empleo. “Esta situación hace necesaria una intervención excepcional para tratar de compensar, en la medida de lo posible, la pérdida de ingresos y el aumento de gastos que los afectados van a sufrir durante los próximos años”, ha señalado. Asimismo, el incendio también ha afectado a los sistemas de riego comunitarios, cuyo servicio es imprescindible restaurar con urgencia.

Medidas para facilitar la continuidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas

La concesión de subvenciones será directa a los agricultores de cultivos leñosos y a los ganaderos de ovino, titulares de explotaciones con fincas agrícolas o explotaciones ganaderas, afectadas por el incendio y ubicadas en los municipios anteriormente mencionados, que hayan declarado las parcelas y el ganado objeto de estas ayudas directas en la solicitud conjunta de la PAC 2022.

Serán considerados “profesionales” aquellos agricultores y ganaderos titulares de una explotación agraria que cumplan al menos una de las tres siguientes condiciones: que sean titulares de explotaciones prioritarias, que acrediten unos ingresos agrarios que hayan supuesto más del 50% de sus ingresos totales durante al menos uno de los tres últimos años o que hayan estado afiliados a la Seguridad Social Agraria al menos durante los últimos 12 meses.

Quienes cumplan este requisito podrán recibir una ayuda de hasta 20.000 euros, que es el máximo que permite la normativa europea por el régimen de minimis. En concreto, podrán percibir 5.000 euros por hectárea de cultivo leñoso de regadío destruido por el fuego, 800 euros por hectárea de cultivo leñoso de secano y 45 euros por oveja elegible en ayuda asociada de la PAC.

Por otra parte, los agricultores y ganaderos titulares de una explotación agraria afectada por el incendio que no cumplan el requisito de profesionalidad podrán percibir una subvención directa cuyo importe máximo no podrá exceder de 4.000 euros: 2.500 euros por hectárea de cultivo leñoso de regadío destruido por el fuego, 500 euros por hectárea de cultivo leñoso de secano y 30 euros por oveja elegible en ayuda asociada de la PAC.

Subvenciones directas a las comunidades de regantes para la restauración de las redes colectivas de riego

Con el propósito de restablecer el servicio de riego a las explotaciones agrícolas, el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente subvencionará a las Comunidades de Regantes el 100% de los costes de restauración de las redes colectivas que hayan resultado dañadas por el incendio.

En este caso, el procedimiento simplificado y de urgencia establece como límite para la ejecución y justificación definitiva de los gastos por parte de las Comunidades de Regantes afectadas el 4 de noviembre.

Prioridad en el acceso a ayudas e inversiones directas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Asimismo, con carácter extraordinario y temporal se establecerán valoraciones o criterios de selección preferentes compatibles con el marco normativo vigente en las convocatorias de ayudas anteriores al 31 de diciembre de 2023 siguientes:

• Ayudas de modernización de explotaciones

• Ayudas de industrialización y comercialización agroalimentaria

• Ayudas de modernización de regadíos en áreas afectadas

En los tres casos, los criterios de preferencia podrán establecerse a favor de proyectos cuyas infraestructuras se hayan visto afectadas por el incendio.

Inversiones para la restauración forestal y medioambiental

Por último, el Decreto-Ley también contempla inversiones para la restauración forestal y medioambiental. La Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal establecerá, con carácter extraordinario, y hasta el 31 de diciembre de 2023, criterios de selección preferentes de proyectos e inversiones directas cofinanciadas con fondos del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, y 2023-2027, así como con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, compatibles con el marco normativo aplicable a los mismos y dirigidas a la restauración y acondicionamiento de los Montes de Utilidad Pública afectados por el incendio.