Educación
Educación regula el uso de dispositivos digitales individuales en las aulas de cara al próximo curso
El Departamento publica la orden, que establece un límite horario en función de la edad y el grado de madurez del alumnado, ante las evidencias científicas y la creciente preocupación de las familias por los efectos de la sobreexposición a las pantallas
La norma prevé una moratoria para las licencias digitales ya adquiridas
El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón ha publicado la Orden por la que se regula el empleo apropiado y proporcionado de los recursos digitales de uso individual en los centros educativos sostenidos con fondos públicos. La norma, que será aplicable a partir del próximo curso 2026-2027, culmina un proceso de elaboración que ha incluido la participación del Consejo Escolar de Aragón y un amplio procedimiento de información pública.
Según ha explicado la consejera de Educación, Cultura y Deporte en funciones, Tomasa Hernández, esta iniciativa responde a la necesidad de proteger el desarrollo cognitivo, emocional y físico del alumnado, especialmente en edades tempranas, ante los riesgos asociados al uso inadecuado y prolongado de las pantallas.
La Orden se apoya en evidencias científicas recientes, como el informe de la Dirección General de Salud Pública (2025) y publicaciones especializadas que alertan de los efectos negativos de la sobreexposición digital en menores. Asimismo, atiende a la creciente preocupación de las familias y asociaciones educativas sobre la hiperconexión y su impacto en el rendimiento escolar y el bienestar del alumnado
La nueva regulación impulsa un entorno de aprendizaje más analógico, reforzando el papel del libro en papel, la escritura manual, el cálculo mental, la expresión oral y las destrezas básicas en todas las etapas. Las herramientas digitales seguirán presentes, pero como un complemento necesario y nunca como eje vertebrador del proceso de aprendizaje-enseñanza.
La norma –que será de aplicación para educación infantil, primaria y ESO-, apuesta por un acceso gradual, supervisado y adaptado al nivel de madurez del alumnado, garantizando al mismo tiempo la adquisición progresiva de la competencia digital en condiciones seguras y saludables.
Limitaciones horarias por etapa educativa
Tal y como se avanzó en su día, la Orden establece límites específicos para el uso de dispositivos digitales individuales (tabletas y miniportátiles) dentro del horario lectivo:
Educación infantil
- Primer ciclo (0–3 años): únicamente recursos analógicos y manipulativos.
- Segundo ciclo (3–6 años): uso siempre compartido, máximo 1 hora lectiva semanal, bajo supervisión docente.
Educación primaria
- 1.º y 2.º curso: máximo 2 horas semanales.
- 3º y 4.º curso: máximo 2 horas semanales.
- 5º y 6.º curso: máximo 4 horas semanales.
Educación secundaria obligatoria
- 1.º y 2.º curso: hasta 1 hora diaria (5 horas semanales).
- 3.º y 4.º curso: hasta 2 horas diarias (10 horas semanales).
En el resto de enseñanzas no universitarias, se utilizarán las tecnologías digitales armonizando su uso con los recursos analógicos.
La norma también especifica que pizarras digitales y otros dispositivos no individuales podrán seguir utilizándose siempre con finalidad pedagógica y didáctica, excepto en el primer ciclo de Educación Infantil, donde queda restringido su uso.
La consejera explica el alcance de la normativa y los motivos que han llevado a adoptarla
El texto prevé flexibilidad para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, que podrá utilizar dispositivos individuales cuando así lo establezca su informe psicopedagógico o médico. También se prevén autorizaciones excepcionales justificadas.
Transitoriedad y desconexión digital
Finalmente, la orden prevé una moratoria para las licencias digitales ya adquiridas. En Primaria y ESO, podrán usarse hasta agotar su vigencia (máximo curso 2027/2028) y en Infantil, hasta un máximo del curso 2026/2027.
Con el fin de fomentar la desconexión digital, la normativa recomienda además evitar que los alumnos realicen tareas académicas evaluables fuera del horario escolar utilizando dispositivos digitales.
Con esta regulación, Aragón da un paso decisivo hacia un uso más racional, ético y saludable de la tecnología en los centros educativos, alineándose con las recomendaciones nacionales e internacionales y garantizando la protección y el bienestar de los menores en una sociedad cada vez más digitalizada. Se suma a otras Comunidades, que ya han regulado esta cuestión, como Murcia, Madrid, Cataluña, Baleares o Asturias.


