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Domingo, 19 de mayo de 2024

El Gobierno de Aragón agiliza la tramitación de ayudas y subvenciones municipales mediante un decreto único

El Consejo de Gobierno aprueba la publicación unificada en el Boletín Oficial de Aragón de todas las líneas de apoyo a las entidades locales, en una medida inédita hasta el momento para facilitar la gestión y e

El Gobierno de Aragón unificará en un decreto el conjunto de convocatorias para ayudas y subvenciones a las que las entidades locales de la Comunidad Autónoma pueden acceder. La medida, aprobada en Consejo de Gobierno, supondrá la publicación en el Boletín Oficial de Aragón del conjunto de subvenciones y ayudas a las que puede acceder la entidad local correspondiente en un solo texto reglamentario, lo que agilizará la tramitación y cobro y mejorará la eficacia de la Administración, ya que los ayuntamientos conocerán en bloque el conjunto de ayudas a las que pueden acceder y los requisitos precisos, y se avanzará en la gestión correspondiente por parte de la Comunidad Autónoma.

El decreto, aprobado a propuesta del vicepresidente y consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, José Ángel Biel, y el consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Eduardo Bandrés, refunde y ordena el conjunto de transferencias destinadas a las entidades locales de Aragón que se incluyan en los presupuestos de la Comunidad Autónoma y que forman parte del Fondo Local de Aragón, cuyo montante para el 2001 está estimado en 19.379 millones de pesetas. Hasta ahora, esas convocatorias estaban referidas a un gran número de decretos y órdenes publicadas en distintos periodos del año.

El continuo incremento en la complejidad del acceso de las entidades locales a esta información sobre subvenciones y ayudas ha supuesto una mayor dificultad en su gestión administrativa, debido a la multiplicidad de plazos y requisitos de cada convocatoria. También ha generado disfunciones en la planificación en las actuaciones inversoras de las entidades locales, que en buena parte se nutren de transferencias de la propia Administración autonómica. La publicación del decreto único de subvenciones y requisitos pretende paliar ambos problemas planteados.

Además, el decreto recoge de manera unificada materias como el régimen de obligaciones de los beneficiarios, justificación, pago o reintegros, y unifica el plazo de solicitudes para el ejercicio 2001, salvo excepciones justificadas, para todas las materias.

Programas específicos y sectoriales

El decreto pretende mejorar la actual situación mediante la inclusión del conjunto de subvenciones y ayudas, así como el apoyo al desarrollo y gestión de las distintas actividades de la competencia municipal. La publicación, que será inmediata en el Boletín Oficial de Aragón, comprende tanto los programas específicos, referidos al Fondo de Cooperación Municipal, de carácter incondicionado, y el Programa de Política Territorial, para inversiones y gastos de carácter supramunicipal o comarcal, como los distintos programas sectoriales de los diversos departamentos. El decreto especifica por capítulos cada una de esas opciones.

En concreto, el capítulo II especifica el Fondo de Cooperación Municipal, de carácter incondicionado, cuyo objeto es contribuir al equilibrio económico de los municipios de la Comunidad Autónoma y a la realización interna del principio de solidaridad. Sus destinatarios son los municipios aragoneses, con una dotación de 4.000 millones de pesetas en el proyecto presupuestario del 2001. Están excluidos de este fondo los municipios de Huesca, Teruel y Zaragoza, que son objetos de convenios específicos con el Gobierno de Aragón. La distribución del Fondo de Coooperación Municipal está fijada según los criterios recogidos en la Ley de Administración local, de tal manera que los municipios perciben una cantidad fija, a partes iguales, del 40% del mismo. El 60% restante se distribuye, de acuerdo con la ley, con arreglo a un 75% en proporción al número de habitantes de cada municipio y el 25% restante según la existencia de núcleos de población diferenciados.

El capítulo III del decreto recoge el Programa de Política Territorial, destinado a fomentar e incentivar las actuaciones de las entidades locales que guarden relación con la mejora de la estructura local de acuerdo con los criterios de la Ley de Administración Local de Aragón, la Ley de Comarcalización y las Directrices de Ordenación del Territorio. Dicho Programa, dotado en el proyecto presupuestario de 2001 con una cifra superior a los 3.000 millones de pesetas, incluye transferencias corrientes para colaborar a los gastos de funcionamiento de las entidades supramunicipales y transferencias de capital para apoyar la realización de inversiones de carácter supramunicipal o comarcal.

El decreto recoge de manera sucesiva las actividades subvencionadas, requisitos y criterios de asignación para las ayudas a la elaboración o implantación de planes de protección civil; ayudas para la dotación de medios técnicos y mejora de la infraestructura de los servicios de las policías locales; subvenciones en materia de igualdad de oportunidades; ayudas para el acondicionamiento de inmuebles destinados al alojamiento de trabajadores temporales del sector agropecuario; subvenciones a entidades locales en materia de formación e inserción profesional; subvenciones a entidades locales para apoyar el ejercicio de sus competencias urbanísticas; ayudas al transporte regular permanente de viajeros de uso general, con explotación deficitaria; ayudas para la mejora de carreteras locales; ayudas para equipamientos auxiliares del transporte y las comunicaciones; ayudas en materia de estaciones de autobuses municipales de interés comarcal; subvenciones en materia de promoción pública de viviendas; ayudas para urbanización y adquisición de suelo; ayudas para suelo industrial; ayudas para las áreas de rehabilitación integral; ayudas para la restauración arquitectónica; ayudas en materia de certámenes ganaderos; subvenciones para actividades y servicios relacionados con la mejora del medio rural; apoyo a la red regional de estaciones climatológicas; subvenciones para la modernización y reforma de los mercados municipales y actuaciones en materia de urbanismo comercial; subvenciones para la promoción de certámenes comerciales e inversiones en recintos feriales; subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables e infraestructura energética en el medio rural; subvenciones en materia de infraestructura industrial; subvenciones en materia de consumo; subvenciones en materia de asistencia sanitaria; subvenciones en materia de acción social; subvenciones en materia de acción cultural; subvenciones en materia de patrimonio cultural; subvenciones en materia de juventud; subvenciones en materia de deportes; subvenciones en materia de turismo; subvenciones para el desarrollo de programas de garantía social en la modalidad de formación-empleo; subvenciones a servicios de atención a la primera infancia y guarderías infantiles; ayudas en materia de construcción y adecuación de infraestructuras y equipamiento para la gestión de residuos urbanos; ayudas en materia de construcción y adecuación de infraestructuras y equipamientos para la gestión de residuos no peligrosos; medidas de fomento en materia cinegética; ayudas en materia del medio natural y desarrollo sostenible; subvenciones para obras de abastecimiento de agua potable, saneamiento y depuración de aguas residuales y encauzamiento y defensa de márgenes en núcleos urbanos; ayudas para actividades ambientales; ayudas para la construcción de infraestructuras para la gestión de residuos industriales; ayudas para la gestión de residuos peligrosos abandonados, y ayudas para la rehabilitación y restauración de suelos municipales potencialmente contaminados, lo que reúne un total de 63 líneas de ayuda y subvención distintas.