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Viernes, 28 de agosto de 2026

Avisos incendios forestales

Cuatro zonas de Aragón, en alerta roja por riesgo muy alto de incendios forestales hoy viernes

Según el índice que elabora a diario la Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón, las zonas en alerta roja son Bajo Ebro Forestal, Muela de Valmadrid, Somontano Oriental y Somontano Sur

El Nivel de Alerta de Peligro de Incendios Forestales (NAPIF) señala para hoy viernes cuatro zonas en alerta roja por riesgo muy alto de incendios forestales en Aragón. Según este índice que elabora a diario la Dirección General de Gestión Forestal, las zonas aragonesas con alerta roja son Bajo Ebro Forestal, Muela de Valmadrid, Somontano Oriental y Somontano Sur.

Como indica el NAPIF, hoy se espera viento flojo de componente oeste, disminuyendo a viento flojo de dirección variable al final del día.

NAPIF 28 agosto
NAPIF 28 agostoINFOAR

Actividades en alerta roja

La alerta roja por peligro de incendios forestales implica las siguientes prohibiciones y limitaciones, con el fin de extremar la prevención y evitar la generación de incendios:

1. Encender fuego en espacios abiertos. Se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.

2. Encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. También arrojar o abandonar objetos en combustión.

3. Se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.

4. En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas, con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de los siguientes casos:

• El uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.

• Las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14:00 y 18:00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.

• La utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.

• Actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.