Avisos incendios forestales
Un total de 17 zonas de Aragón, en alerta roja por riesgo de incendios forestales
Según el mapa que elabora a diario la Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón, las 9 zonas restantes tienen alerta naranja este lunes
Un total de 17 zonas de Aragón presentan hoy lunes alerta roja por riesgo muy alto de incendios forestales. Las otras 9 zonas en las que se divide Aragón en estos mapas de riesgo tienen alerta naranja, según el índice que elabora a diario la Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón.
Las zonas con alerta roja son Bajo Ebro Forestal, Depresión del Jalón, Gúdar, Javalambre, Jiloca-Gallocanta, Maestrazgo, Mijares, Moncayo y Aranda, Montes Universales, Muela de Alcubierre, Muela de Valmadrid, Prepirineo Oriental, Rodeno, Sierras Ibéricas Centrales, Somontano Oriental, Somontano Sur y Turia.
Qué es el NAPIF
El Nivel de Alerta de Peligro de Incendios Forestales (NAPIF) indica la situación diaria de peligro por incendio forestal en Aragón, con una clasificación del riesgo clasificada en cuatro niveles: bajo, medio, alto y muy alto, representados por los colores verde, amarillo, naranja y rojo. Dentro de nivel rojo, se incluye la situación Rojo Plus (rojo +) para aquellos episodios excepcionales que puedan presentar un peligro extremo.
El NAPIF de hoy describe que existe una disponibilidad muy alta o total de combustible muerto en todo Aragón. En cuanto a la propagación, son posibles incendios de alta intensidad en todo el territorio.
Se espera viento flojo de dirección variable a primeras y últimas horas, tendiendo durante las horas centrales a componente oeste en la Ibérica occidental, y a componentes sur y este en el resto, con aumentos puntuales de intensidad en la Ibérica occidental y Bajo Ebro durante la tarde.
Hay probabilidad de rachas muy fuertes asociadas a las tormentas que, en caso de tener algún incendio cercano, podría modificar sustancialmente su evolución. Posibilidad de tormentas principalmente en Pirineos y zonas del este de la Comunidad, pudiendo extenderse de forma más débil y dispersa al resto del territorio.
Actividades en Alerta Roja
El Gobierno de Aragón recuerda que la Alerta Roja por Peligro de Incendios Forestales implica las siguientes prohibiciones y limitaciones, con el fin de extremar la prevención y evitar la generación de incendios:
1. Encender fuego en espacios abiertos. Se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.
2. Encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. También arrojar o abandonar objetos en combustión.
3. Se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.
4. En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas Con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de los siguientes casos:
• El uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.
• Las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14:00 y 18:00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.
• La utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.
• Actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.


