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Viernes, 4 de julio de 2025

Protección Civil y Emergencias

Aprobada la convocatoria de ayudas y subvenciones para los damnificados por las inundaciones del Ebro

Las órdenes autorizadas hoy suponen un montante de 19,9 millones de euros, que será ampliable en función de las necesidades

El Gobierno de Aragón abrirá el próximo jueves, día 26 de marzo, una Oficina para la tramitación y presentación de las peticiones

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy en sesión extraordinaria la convocatoria de las ayudas y subvenciones para resarcir los daños causados por la crecida del río Ebro de finales del mes de febrero y primeros días de marzo. Las convocatorias van destinadas a paliar daños materiales en viviendas y enseres domésticos; en explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales; en establecimientos industriales, mercantiles, comerciales y turísticos; en infraestructuras y servicios de titularidad de los municipios, mancomunidades y comarcas, y a favor de las personas afectadas y de quienes sufrieron algún perjuicio por prestar bienes o servicios de ayuda.

Bermúdez de Castro anuncia la convocatoria de ayudas y subvenciones para damnificados por las inundaciones del Ebro

El portavoz del Gobierno informa sobre la nueva oficina para atender a los afectados por la crecida

Las cinco órdenes de convocatoria, así como las bases que las regulan, también aprobadas hoy, desarrollan el Decreto-Ley de medidas urgentes que aprobó el Gobierno de Aragón el pasado 9 de marzo. Suponen un montante de 19,9 millones de euros, que será ampliable en función de las necesidades, ya que el objetivo del Gobierno de Aragón es que se restituya el cien por cien de los daños.

Como ha recordado el portavoz del Gobierno, Roberto Bermúdez de Castro,”desde el primer día, estamos pendientes de todos los afectados por las inundaciones. En un primer momento aprobamos el Decreto Ley, en Consejo de Gobierno dimos el visto bueno a las obras de emergencia necesarias, el pasado Consejo llevamos las facilidades de financiación para los vecinos afectados y hoy esta convocatoria de ayudas y subvenciones para todos los damnificados por la pasada riada del río Ebro en la provincia de Zaragoza”. El objetivo del Gobierno, ha insistido Bermúdez de Castro, “es que todos los afectados por las inundaciones vuelvan a su situación anterior, y que lo hagan en el menor tiempo posible”.

El Gobierno de Aragón puede asumir hasta unos 45 millones de euros para las ayudas y las obras de reparación de daños, que irán a cargo del Fondo de Contingencia y de la Sección 30 de la Ley de Presupuestos de 2015. Si el montante final supera esta cifra, se solicitará una ampliación del techo de gasto asignado para este ejercicio a la Comunidad Autónoma.

Asimismo, se ha aprobado un Decreto por el que se amplía la aplicación del Decreto-Ley del día 9 de marzo y las medidas urgentes que en él se establecieron a los municipios de Alborge, Alforque, Belchite, Escatrón, Fayón, Fraga, La Joyosa, Mequinenza y Pinseque.

Cabe recordar que, además de las órdenes de convocatoria, ya está autorizado, en acuerdo adoptado el pasado miércoles, el convenio por el que el Gobierno de Aragón y diversas entidades financieras facilitarán el acceso a financiación a los damnificados por el desbordamiento del río Ebro. El desarrollo del Decreto-Ley del pasado día 9 se completa con el pago, que llevará a cabo el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, de los gastos generados por el uso de residencias y otros recursos sociosanitarios de la red pública de las personas que tuvieron que abandonar su residencia habitual, así como con la ejecución de las obras urgentes de reparación que llevan a cabo los departamentos de Obras Públicas y Agricultura, el Instituto Aragonés del Agua y la empresa pública Sarga.

Los servicios técnicos y administrativos de la Diputación General de Aragón han hecho un importante esfuerzo para poder desarrollar en el plazo de apenas 10 días las medidas urgentes del Decreto-Ley, un esfuerzo que el Gobierno valora por el apoyo y ayuda que supone para los ciudadanos damnificados.

Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes

La orden del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes tiene como objetivo resarcir los daños ocasionados a los particulares en viviendas, enseres domésticos y otros bienes muebles. Se convocan ayudas que se podrán conceder:

a) Por destrucción total de la vivienda.

b) Por daños que afecten a la estructura de la vivienda.

c) Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, pero sí a su habitabilidad o decoro.

d) Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad contenidos en la vivienda.

e) Daños en otros bienes muebles: en esta categoría estarán incluidos los vehículos a motor y bicicletas de su propiedad o uso habitual que hayan sido dañados por la inundación y no sean objeto de ayuda en virtud de las convocatorias de ayudas que puedan efectuar otros departamentos del Gobierno de Aragón en ejecución del Decreto-Ley 1/2015, de 9 de marzo de medidas urgentes.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarios, usufructuarios o arrendatarios de una vivienda que hayan sufrido daños en su vivienda, enseres domésticos y otros bienes muebles, siempre que la vivienda, bien cuente con las licencias urbanísticas pertinentes, bien esté inscrita como tal en el Registro de la Propiedad, o bien cuente con cédula de habitabilidad como vivienda, o al menos se pueda acreditar la solicitud al órgano competente del cumplimiento de dichos requisitos con anterioridad a la inundación.

Para que los arrendatarios o usufructuarios puedan ser beneficiarios de estas ayudas deberán acreditar la propiedad de los enseres o bienes muebles dañados. En el caso de daños en el inmueble deberán presentar un acuerdo con el propietario que acredite que el arrendatario o usufructuario puede ser beneficiario de la ayuda.

La cuantía de las ayudas que se otorgarán a través de esta Orden podrá alcanzar la totalidad del importe de los daños acreditados. El Gobierno de Aragón ha reservado un importe de 5.500.000 euros, aunque el crédito previsto podrá ampliarse hasta la cuantía necesaria para la cobertura de las solicitudes presentadas.

Industria e Innovación

La Orden del Consejero de Industria e Innovación contempla una dotación económica de un millón de euros, aunque el crédito previsto podrá ampliarse hasta la cuantía necesaria para la cobertura de las solicitudes presentadas. La Orden persigue subvencionar actuaciones como las siguientes:

a) Reconstrucción de edificios y de instalaciones industriales, comerciales, mercantiles y turísticas que hayan sufrido daños como consecuencia de las inundaciones.

b) Reposición del utillaje, mobiliario y de las existencias propias de la actividad, sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados, terminados o subproductos susceptibles de comercialización o valorización que hayan quedado inservibles.

c) Reparación de daños o sustitución de maquinaria y vehículos que hayan sufrido daños como consecuencia de las inundaciones.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos en funcionamiento y debidamente registrados a efectos fiscales, con independencia de su número de empleados y siempre y cuando hayan sufrido daños como consecuencia de las recientes inundaciones registradas en la cuenca del Ebro.

Política Territorial e Interior

El Consejero de Política Territorial e Interior ha dictado dos Órdenes. La primera de ellas tiene como objeto resarcir los daños en infraestructuras o equipamientos de titularidad municipal o comarcal, así como sufragar los gastos derivados de la puesta en marcha de servicios públicos locales por las inundaciones. La segunda orden subvenciona a personas físicas o jurídicas que hayan efectuado prestaciones personales o de bienes con ocasión de las inundaciones.

En la primera Orden serán beneficiarios los municipios, mancomunidades y comarcas que hayan sufrido desperfectos en infraestructuras y equipamientos de su titularidad, se hayan visto obligados a la interrupción de un servicio público o al reforzamiento de un servicio que venían prestando con motivo de la crecida del Ebro.

Son gastos subvencionables:

Los gastos necesarios para la reparación o reconstrucción de las infraestructuras o equipamientos de titularidad local que hayan sido dañados.

Los gastos derivados de la puesta en marcha de servicios o reanudación de los servicios públicos locales, así como el refuerzo de aquellos como consecuencia del desbordamiento del río.

Se excluyen los trabajos llevados a cabo con medios propios de la corporación local.

La cuantía estimada para esta convocatoria es de un millón de euros, aunque el crédito previsto podrá ser objeto de ampliación hasta la cuantía necesaria para la cobertura de las solicitudes presentadas.

El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 30 de abril de 2015.

Con respecto a la segunda Orden, serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas que, mientras estuvo activado el Plan Especial de Protección Civil por Inundaciones, y previo requerimiento por la autoridad competente en materia de Protección Civil, hayan llevado a cabo una prestación personal o de bienes para la protección de las personas o para evitar un peligro grave e inminente para su seguridad.

Así, son subvencionables:

Las prestaciones personales que hubieran realizado las personas físicas

Los gastos derivados de la utilización de maquinaria pesada o vehículos propiedad del beneficiario ocasionados por la prestación realizada. Se entiende como maquinaria pesada la que se utilizó para el movimiento de tierras, levantamiento de objetos pesados, demolición, excavación o transporte.

Los gastos derivados del daño o la pérdida de maquinaria, vehículos u otros bienes, ocasionados por la prestación realizada.

La cuantía estimada para esta convocatoria es de 400.000 euros, aunque el crédito previsto podrá ampliarse hasta la cuantía necesaria para la cobertura de las solicitudes presentadas.

La subvención de calculará de acuerdo a los siguientes criterios:

En las prestaciones personales de las personas físicas: 65 euros por día, sin que pueda exceder la cuantía de 195 euros por persona

Por la utilización de maquinaria y vehículos: 100 euros por día, sin que en ningún caso pueda exceder la cuantía de 300 euros por máquina o vehículo.

Por daños o pérdida de maquinaria, vehículos u otros bienes: el importe total de los costes necesarios para la reparación del daño o pérdida sufridos

Las compensaciones por realización de prestaciones personales y utilización de maquinaria pesada y vehículos podrán solicitarse en un plazo de 15 días, previa presentación de un certificado expedido por el Ayuntamiento.

Las subvenciones por daños o pérdida de maquinaria y vehículos tendrán un plazo de presentación que finalizará el 30 de abril de 2015.

La concesión de las ayudas y subvenciones previstas en la Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente tiene por objeto indemnizar a los titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales por los daños sufridos en sus producciones, y la restauración de las explotaciones agrícolas y ganaderas, así como sufragar determinados gastos en explotaciones ganaderas.

Concretamente, serán subvencionables las siguientes actividades:

a) Las destinadas a restaurar los daños sufridos en las explotaciones agrícolas y ganaderas consistentes en la sistematización de las tierras, la reparación de las instalaciones de regadío y de edificaciones agrícolas y ganaderas, y los gastos de reposición de plantaciones de cultivo plurianuales completamente perdidas como consecuencia de las inundaciones, así como otros daños de carácter estructuras en las explotaciones agrícolas y ganaderas.

b) Las actuaciones extraordinarias para el traslado y manutención del ganado que se hayan generado como consecuencia de la inundación.

Podrán ser beneficiarios, según el tipo de ayuda, los titulares o propietarios de explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales, sean personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica propia con un representante nombrado para ello, siempre que hayan sufrido afecciones por la riada del Ebro.

En el caso de las producciones agrícolas y ganaderas, determinada la cuantía de los daños, para obtener la cuantía de la ayuda, se aplicarán las siguientes normas:

- Con carácter general, se establece una ayuda para la indemnización de las pérdidas en las producciones agrícolas, ganaderas y forestales que será de hasta un 70 por ciento del daño valorado. Es el caso de los afectados que no hayan suscrito ningún seguro en la presente campaña, ni lo hayan suscrito con anterioridad.

- En el caso de que el beneficiario de la ayuda tenga póliza en vigor, en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados para las producciones afectadas, o cuando el periodo de suscripción del correspondiente seguro no se hubiera iniciado, o éste no hubiera finalizado, y que no hubieran formalizado aún la póliza para esta campaña, siempre y cuando se hubiese contratado el seguro para dicha producción en la campaña anterior, la indemnización alcanzará el 100 por cien del daño valorado.

- Para aquellos solicitantes que hayan suscrito pólizas de seguro en al menos alguna de las cinco últimas campañas, incluida la presente, la indemnización alcanzará el 100 por cien del daño valorado.

Las ayudas previstas en esta Orden alcanzan un importe total de 12 millones de euros que aportará el Gobierno de Aragón para sufragar todos los daños acreditados por los afectados.

Oficina de atención en la Expo

Las solicitudes de ayudas y subvenciones se podrán presentar hasta el día 30 de abril, a excepción de las subvenciones por prestación de ayuda o bienes durante la emergencia, que tendrán un plazo de 15 días desde la publicación en el BOA. Para que los ciudadanos se informen, tramiten y presenten sus peticiones, el Gobierno de Aragón abrirá el próximo jueves, día 26 de marzo, una Oficina central en el recinto Expo (edificio 63 A, planta baja, oficina C), atendida por 12 funcionarios de los departamentos de Agricultura, Obras Públicas, Política Territorial e Industria, y de la empresa pública Sarga.

Esta Oficina sustituirá a las que se han abierto en Alagón, Quinto y plaza San Pedro Nolasco de Zaragoza, y que el jueves dejarán de estar operativas. Estas oficinas han recibido en torno a 1.600 declaraciones de daños. A todos los ciudadanos que se han dirigido a estas oficinas se les avisará telefónicamente de la convocatoria y del siguiente paso que tienen dar para solicitar las ayudas.

Cualquier ciudadano que haya sido damnificado y que todavía no hubiera hecho la declaración de daños en estas tres oficinas lo puede hacer en esta Oficina central de la Expo, donde también puede registrar su solicitud de ayudas.

Asimismo, cualquier otro afectado que no necesite asesoramiento y no crea preciso pasar por la Oficina central puede presentar sus solicitudes en cualquier punto de registro de la Diputación General de Aragón.

La Oficina tendrá un horario de atención de 9.00 a 20.00 horas, ininterrumpido, de lunes a viernes. Los sábados, de 9.00 a 14.00 h.También se va a habilitar un teléfono gratuito (900.120.110), que se difundirá a través de los medios de comunicación y los municipios, para cualquier tipo de consulta. Las consultas por correo electrónico se podrán formular en el correo oficinaatencionafectados@aragon.es

Por otra parte, el Gobierno de Aragón va a convocar una reunión con los alcaldes de los municipios afectados y difundirá a través de entidades comarcales y dependencias públicas la información.