Patrimonio Cultural
El Gobierno de Aragón desestima la petición para declarar bien de interés cultural, catalogado o inventariado el edificio de la Central Térmica de Escucha
Se propone al Ayuntamiento de Escucha, en acuerdo con la propiedad, salvaguardar los elementos muebles e inmuebles que se consideren de mayor interés para incorporarlos al patrimonio minero de la localidad
El Gobierno de Aragón ha desestimado la petición para incoar un expediente administrativo de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, y como bien catalogado o inventariado para el antiguo edificio de la Central Térmica de Escucha. La Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural del Ejecutivo aragonés da respuesta, de este modo, a la solicitud realizada el pasado 20 de junio por José Guitarte Gimeno, en representación del partido Teruel Existe.
En la resolución firmada por el director general se propone que el Ayuntamiento de Escucha, en acuerdo con la propiedad, salvaguarde aquellos elementos muebles e inmuebles que considere de mayor interés, para que se puedan incluir en su propio patrimonio minero que ya tiene en difusión y que pasen a formar parte del resto de iniciativas culturales y patrimoniales desarrolladas en la actualidad, así como se sugiere la posibilidad de realizar un gemelo digital del complejo para garantizar la memoria del mismo.
En el texto se recuerda que el pasado 8 de septiembre de 2025, Repsol Generación Ciclos Combinados S.L.U., propietaria del complejo, presentó ante el Ayuntamiento de Escucha solicitud de licencia de obra mayor para el desmantelamiento integral de la central. La solicitud se remitió a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Teruel, sin que se formulara en este órgano objeción, reparo, ni observación alguna al proyecto de demolición, dado que no se consideraba competente al no tener el edificio una protección cultural autonómica.
Con motivo de la solicitud de protección, el 24 de junio se realizó una consulta al Ayuntamiento de Escucha para conocer si se había concedido la licencia de derribo de la central y si se había procedido a la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, dado que la central aparece en el catálogo municipal. El 1 de julio se recibió respuesta del consistorio, informando de que el PGOU contemplaba el derribo completo y que la licencia de derribo se otorgó por parte del ayuntamiento el pasado 4 de junio.
El 6 de julio, el director general de Cultura y Patrimonio Cultural dictó una resolución que suspendía cautelarmente cualquier clase de obra o actividad en curso de ejecución sobre el complejo para decidir sobre la pertinencia de incoar expediente de declaración como BIC o, en su caso, acordar motivadamente la denegación de la protección solicitada por no concurrir los valores culturales exigidos por legislación vigente.
El 8 de julio, se recibieron solicitudes de la Comarca de Cuencas Mineras y del Ayuntamiento de Utrillas para, en el primer caso, participar en la toma de decisiones relativas a la central térmica y, en el segundo, para incluir a los ayuntamientos implicados en la recuperación del patrimonio minero en las conversaciones relativas a la central. Por último, el 30 de julio tuvo entrada recurso de alzada presentado por la Repsol Generación Ciclos Combinados S.L.U., en relación con la resolución cautelar de suspensión de fecha de 6 de julio.
Ley de Patrimonio Cultural Aragonés
En la resolución firmada por el director general se recuerda que la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés define en su artículo 12 los bienes de interés cultural como los bienes más relevantes del patrimonio cultural aragonés y la categoría de monumento como la construcción u obra producto de la actividad humana de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnográfico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen como parte integrante del mismo.
En el caso de los bienes catalogados, la norma establece en su artículo 13 que son aquellos que, pese a su significación e importancia, no cumplen las condiciones propias de los bienes de interés cultural, y define los bienes inventariados como aquellos que no tengan la consideración de bien de interés cultural o bien catalogado.
La Dirección General ha desestimado la solicitud de declaración alegando que, en primer lugar, no existe ninguna solicitud de declaración de alguna de las administraciones locales vinculadas al territorio, ni del Ayuntamiento de Escucha, donde se encuentra la central, ni de su comarca ni de la Diputación Provincial de Teruel.
Hipotecar el futuro de Escucha
El mantenimiento de este complejo, además, “puede hipotecar la evolución del propio municipio, limitando su expansión por varios puntos de su término municipal”. Por ello, “resulta esencial la opinión del propio municipio, que se ha manifestado con claridad al conceder la licencia de derribo del complejo”.
Por otra parte, en la resolución se advierte de que el propio edificio necesita de actuaciones de urgencia sobre su estructura, ya que alberga diversos elementos contaminantes que es necesario retirar de manera urgente por parte de empresas especializadas.
No obstante, “el problema fundamental radica en que la propuesta de declaración no va acompañada de ningún proyecto de viabilidad del complejo redactada, soportada y coordinada por ninguna administración”. En este sentido, se aclara que varias solicitudes recibidas se proponen como colaboradores de las posibles propuestas que se redacten, pero ninguna se erige como coordinador de una propuesta determinada, por lo que se deja sin resolver “el elemento más capital” para la conservación de la central.
En este mismo sentido, se indica que la declaración en sí misma no garantizaría la perduración del bien, dado que sin un proyecto de actuación “la declaración podría dar paso a un periodo de inactividad sobre el complejo que aceleraría su deterioro en el futuro mientras se redacta el proyecto y se recaba la financiación, no garantizada, para el mismo”.
Conservar los elementos muebles e inmuebles de mayor interés
Aunque no se pone en duda el valor, trascendencia histórica e importancia social del complejo de Escucha, “resultan menos evidentes sus valores arquitectónicos, sujetos a opinión subjetiva y sobre los que no existe acuerdo técnico generalizado”, señala la resolución.
Se propone que el Ayuntamiento de Escucha, en acuerdo con la propiedad, salvaguarde aquellos elementos muebles e inmuebles que considere de mayor interés, para que se puedan incluir en su propio patrimonio minero que ya tiene en difusión y que pasen a formar parte del resto de iniciativas culturales y patrimoniales desarrolladas en la actualidad. También se propone realizar un gemelo digital del complejo para garantizar la memoria del mismo sin la necesidad de su existencia física.
Por todo ello, se considera que la declaración por parte de la administración autonómica sin un proyecto de actuación viable sería “irresponsable, ya que lejos de solucionar el problema, lo único que haría sería trasladar el problema para el futuro a medio y largo plazo, comprometiendo el futuro desarrollo del municipio de Escucha”.


